top of page

Bancarización en materia tributaria



Respecto a la administración de cuentas bancarias en las actividades empresariales, es importante conocer y aplicar la legislación guatemalteca relativa a la BANCARIZACIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA. A continuación, resumimos información importante a considerar.


El control interno requerido en el tema de BANCARIZACIÓN es el siguiente:


Respecto a los gastos:


Pagos mayores a 30 mil quetzales deben efectuarse a través de cualquier medio que ponga a disposición el sistema bancario nacional, entre ellos: Cheques, transferencias, notas de débito, etcétera.
  • Se debe tomar en cuenta lo referente al fraccionamiento, que para este caso: Se entiende que hay una sola operación cuando se realicen varios pagos a un mismo proveedor durante un mes y la suma de estos supere los Q. 30,000.00.

  • La bancarización aplica para todos los egresos e ingresos que tengan efectos tributarios; es decir, que inciden en la determinación y pago de impuestos.

  • Los estados de cuenta bancarios, cheques y voucher, deberán conservarse por un plazo no menor a 4 años.

  • Es importante que la totalidad de ingresos se administren únicamente a través de cuentas bancarias de la empresa a fin de dejar registro de las operaciones.

  • La empresa debe realizar conciliaciones bancarias en periodos mensuales. Las conciliaciones bancarias deben estar firmadas por el contador y por el representante legal de la empresa.

Los ingresos deben contar con su documentación fiscal de respaldo que le sea aplicable.

En Vargas Piedrasanta, con gusto estamos para servirle y brindarle la información adicional que usted pueda necesitar.

Comentarii


Featured Posts
Recent Posts
Archive
Search By Tags
Follow Us
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Social Icon
bottom of page