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Documente adecuadamente sus compras y servicios



Recuerde que la adquisición de bienes y servicios debe respaldarse adecuadamente, observando los requerimientos fiscales aplicables.


De acuerdo con el artículo 22, de la Ley de Actualización Tributaria, la documentación de respaldo para costos y gastos es mediante los documentos siguientes:


(a) Facturas o facturas de pequeño contribuyente autorizadas por la Administración Tributaria, en el caso de compras y servicios a contribuyentes.

(b) Facturas o documentos, emitidos en el exterior.

(c) Testimonio de escrituras públicas autorizadas por Notario, o el contrato privado protocolizado.

(d) Recibos de caja o notas de débito, en el caso de los gastos que cobran las entidades vigiladas e inspeccionadas por la Superintendencia de Bancos.

(e) Planillas presentadas al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y los recibos que éste extienda, libros de salarios, planillas, en los casos de sueldos, salarios o prestaciones laborales, según corresponda.

(f) Declaraciones aduaneras de importación con la constancia autorizada de pago, en el caso de importaciones.

(g) Facturas especiales autorizadas por la Administración Tributaria.


De acuerdo con el Código Tributario de Guatemala, Artículo 94, numeral tres 3; Adquirir bienes o servicios, sin exigir facturas o el documento que legalmente soporte la transacción, cuando corresponda; será sancionada con multa equivalente al monto del impuesto correspondiente a la transacción.
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